Se va acercando el final de 2024 y con ello no está de más hacer un repaso de las vacaciones pendientes de disfrutar.
Este año, por exceso horario, en algunos centros de trabajo hemos tenido más días de jornada intensiva de verano o incluso, como es el caso de Madrid, ese exceso horario se ha compensado con 8,5 horas de libre disposición, que se podía disfrutar, bien en horas sueltas, bien tomando un día de jornada de invierno completo, previo acuerdo con el Team Leader.
Sin embargo, en esta empresa donde algunos managers creen que pueden campar a sus anchas o, que Atos es su cortijo, porque todo se les permite, nos hemos encontrado, como era de esperar, con algún caso (por suerte no son muchos) en los que al manager en cuestión nunca le viene bien que se disfrute de ese día de libre disposición.
Ante esta situación, os recordamos que, al igual que las vacaciones, estas horas se toman de mutuo acuerdo con la empresa, por lo que os recomendamos que intentéis preavisar con la mayor antelación posible de cuando vais a utilizar ese día de libre disposición. Queremos aclarar también, que no os lo pueden negar eternamente, y que tenéis que disfrutar de vuestro derecho durante el 2024. En el caso de que no paren de poneros pegas para disfrutarlo, contactad con la Sección Sindical de COBAS ( es.cobas@atos.net ) para que podamos ayudaros.
Hola.
Si hemos cogido el dia de libre disposición (Special days) en Agosto, podemos coger las 1.5 horas restantes en otro día? Si es así, ¿en qué concepto se imputa, ya que en «Special days» solo dejar imputar dia entero?
Gracias
El resto de horas los puedes coger cuando quieras, pero antes de que termine el año 2024.
Se imputa en Other Abscenses indicando en el comentario que corresponden al exceso de jornada de 2024.