Tras la publicación de la empresa, el pasado 23 de marzo, del documento denominado “71 medidas de conciliación”, hemos estado analizando cada semana dicho documento, que en sus inicios nos pareció tan llamativo, al menos en el título, por tratarse de nada menos que de “71 medidas para conciliar”.
Después de varias semanas revisando punto a punto cada apartado, hemos podido comprobar que ni siquiera una cuarta parte del mismo son medidas, menos aún, que tengan que ver con la conciliación. Lo cual tampoco nos sorprende, cuando vemos cada día, como muchas de las personas que gestionan los proyectos, de la mano de RRHH, intentan pisar los derechos para conciliar que la propia normativa vigente avala. Parece que RRHH anda un poco “confundido” con lo que es la conciliación.
El apartado que vamos a analizar en este post es el 3.8. Formación.
60ª Medida. Gestión del talento. En este punto la empresa publicita su plan de gestión de Talentos. No entendemos muy bien de qué manera esto se convierte en una medida de conciliación.
61ª Medida. Plan de formación. En este punto se indica que existe un plan de formación “claro, guiado, abierto a todas las personas”, y añade que disponemos de “la gama más amplia posible de oportunidades de aprendizaje tanto en tecnología como en otras áreas”.
Quizá se les olvida decir que esta gama de formaciones son on-line, que normalmente se abandona al personal a su suerte mientras tratan de formarse en nuevas tecnologías y que finalmente no reciben ninguna oportunidad de reubicarse profesionalmente una vez realizada la formación. De cualquier manera, igual que en el punto anterior, esto no es una medida de conciliación, obviamente.
62ª Medida. Formaciones Obligatorias. Es curiosa esta medida que publicita la empresa, justo cuando nos han informado, a inicios del mes de junio, que este año los cursos de formación obligatoria deben hacerse con fecha límite el 31 de agosto, y que aquellas personas que lo hayan hecho antes de junio tendrán que repetirlo. Exigen unos plazos mínimos en pleno periodo estival. Ciertamente, es una curiosa forma de ayudar a conciliar.
63ª Medida. Formación especializada. No vamos a entrar de nuevo en el análisis sobre estas “formaciones especializadas”, que serían muy interesantes si fueran abiertas a todas las personas que quisieran hacerlas. Simplemente, volvemos a incidir en que esto no es una medida de conciliación.
64ª Medida. Catálogo de cursos formativos. Disponer de un catálogo para formarse en “cualquier momento (24×7)”, tal como dice este apartado, no parece que sea muy propio de la conciliación, sino todo lo contrario, dado que al ser accesible “7×24” nos pueden “sugerir” que nos formemos en horarios que no penalicen nuestro proyecto, es decir, en nuestro tiempo libre. Más medidas de conciliación “empresa style”.
65ª Medida. Formación en horario laboral. Esta medida se contradice precisamente con la última publicación sobre formaciones que ha enviado la empresa el pasado 5 de junio, publicitando la “Academia de verano”. Esta formación, precisamente está compuesta por dos cursos a elegir:
- Scrum manager. Se realizará durante el mes de julio, en horario de 15:30 a 19:30h.
- Public Speaking: Que es en la primera semana de agosto, en horario de 15:30 a 17:30h.
Ambos cursos se realizan en pleno horario estival y fuera, totalmente, del horario laboral.
Vamos a dejar aquí este análisis. En breve continuaremos con la última entrega, terminando con el análisis de este apartado de formación.