El pasado día 10 de junio, a partir de dos denuncias de COBAS, la inspección de trabajo realizó una visita por sorpresa a la sede de Atos en Albarracín 25.
Las denuncias eran por dos asuntos relacionados con la seguridad y salud de las personas trabajadoras.
- Ausencia de extintores de la segunda planta.
La primera denuncia la pusimos porque durante 10 días, y no sabemos si incluso más, hemos estado sin extintores en la escalera y en el descansillo de la zona 2B.
Ante esto, la excusa de la empresa es que se los habían llevado para retimbrar. Ya es grave lo que ha tardado la empresa en reponerlos, poniendo en peligro a las personas que trabajan en esa planta, pero resulta indignante que la persona responsable del mantenimiento se justificaba diciendo que el extintor de la escalera no es importante, porque no hay nada inflamable, y el del descansillo tampoco porque hay una manguera, como si fuera lo mismo un incendio eléctrico que uno químico.
La Inspección de Trabajo ha sido clara en esto. No se puede estar ni un momento sin extintor. Si hay que hacer un mantenimiento, hay que tener otro para cambiarlo mientras tanto y, además, ha obligado a la empresa a tener publicado un protocolo de actuación para estos casos, que se podrían dar en condiciones muy excepcionales y que, de darse, deben comunicarse a los delegados de prevención para que estén avisados. ¿Qué hubiera pasado si la falsa alarma de hace unos días hubiera sido real y alguien hubiera ido a buscar esos extintores? Preferimos no tener ni que imaginárnoslo.
- Planta 1ª. Zona de almacenamiento ilegal.
La otra denuncia que pusimos fue por el “estercolero” que hay en la primera planta zona A. Hemos denunciado que esa zona no es un almacén, que el material está tirado y amontonado de cualquier manera, y que es peligroso para las personas que tienen que pasar por esa zona para realizar su trabajo.
Esta parte ya empezó con la empresa intentando enmendar nuestro trabajo. Cuando empezamos a explicarle a la inspectora el porqué habíamos denunciado esto, la persona representante de RR.HH. que estaba presente intentó hacernos callar diciendo que la inspectora no había venido para eso, sólo para lo de los extintores, a lo cual la propia inspectora se encargó de corregirle diciendo que eso no era así, que había acudido por ambas denuncias.
La segunda vino de nuevo por la persona de mantenimiento, que justificaba a la empresa alegando que hay un folio en la puerta en la que pone que está prohibido pasar. Con eso parece que ya está todo solucionado. Es cierto que hasta hace unos días esa puerta se podía abrir, y ahora está bloqueada por una especie de cadena con una brida de plástico, aunque por el otro extremo de la zona simplemente hay un biombo de cartón. De cualquier manera, la realidad es que sí que tiene que acceder gente a esa zona, ya que la empresa tiene autorizado el acceso al personal de mantenimiento y al servicio de limpieza, por lo cual no es seguro tener los trastos amontonados, y de hecho es que ya se ha producido un accidente en esa zona.
Y, por último, el servicio de prevención de la empresa defendió que no pasa nada porque eso esté así, ya que quien tiene que pasar por esa zona está autorizado. ¿Y ya está? Va a resultar que como se les ha autorizado ya son invulnerables. Si alguna actitud nos sorprende es la del servicio de prevención, que es quien tiene que velar por la seguridad de la plantilla. Si el servicio de prevención pone los intereses de la empresa por delante de la seguridad de la plantilla, mal vamos.
Finalmente, la inspectora pidió entrar para revisar la zona, y sus conclusiones fueron exactamente las que decíamos nosotros en nuestra denuncia, requiriendo a la empresa lo siguiente:
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- Ha obligado a la empresa a publicar un protocolo de seguridad para el personal que tiene que entrar en esa zona.
- Además, ha indicado que hay muebles y trastos que están en medio del pasillo e impiden el paso, que las cajas deben estar cerradas, no se pueden almacenar los trastos unos encima de otros de cualquier manera, porque es un peligro y, lo mas importante, que esa zona no es un almacén, que no se puede utilizar para almacenar trastos, ni es un sitio para comer, algo en lo que hizo hincapié, porque parece que se encontró latas de refresco vacías tiradas
Por lo tanto, ha dado un plazo a la empresa para que vacíe esa zona y almacene el material en un sitio adecuado.
Nos apena tener que haber llegado a una denuncia para que la empresa cumpla con lo que marca la ley y se preocupe por la seguridad de la plantilla.
Estas medidas que ha impuesto la Inspección de Trabajo servirán para evitar un peligro para la plantilla, que es lo más importante y, por otro lado, ya puede aprovechar Facilities para hacer un inventario de lo que tienen ahí almacenado y ver qué se puede aprovechar, ya que la compañía tiene bloqueadas las compras, estamos seguros de que hay material útil almacenado que ni saben que tienen.
Esperamos que esta resolución le enseñe a RR.HH. que esto no es su cortijo en el que los señoritos hacen y deshacen como quieren, sino que es una empresa, y la plantilla tiene sus derechos, que hay que respetar y, sobre todo, que no se puede jugar con la seguridad de las personas trabajadoras.