Como bien sabemos todas las personas que componemos Atos Holding, fuimos trasferidos a esta nueva compañía, en virtud del Art.44 del Estatuto de los Trabajadores, el cual, indica que mantenemos nuestras condiciones de origen, mientras no se negocien y acuerden unas nuevas.
¿este mantenimiento de condiciones incluye el teletrabajo?
La respuesta es SI, y más teniendo en cuenta que hay una mesa de negociación abierta para alcanzar un acuerdo estatal al respecto y que englobe a los distintos colectivos que actualmente componemos la compañía.
Hace tiempo recibimos el siguiente correo:
Si ya has recibido correos, insistiendo en la necesidad de que firmes el contrato de teletrabajo, tal y como indicó la empresa en su correo del 22 de diciembre de 2023, te recomendamos que esperes a la finalización de las negociaciones que, será la que marque las condiciones de tu nuevo contrato individual al respecto. Este aplazamiento está aprobado por la Dirección de RRHH la cual deberá ir informando a la plantilla de su evolución en el transcurso de las negociaciones, tal y como solicitó COBAS.
Pero no contestáis a vuestra pregunta del título… qué hacer si ya lo has vuelto a tramitar…
Opinamos que, si esta respondida la pregunta cuando indicamos, » te recomendamos que esperes a la finalización de las negociaciones que, será la que marque las condiciones de tu nuevo contrato individual al respecto». La dirección está al corriente y ha aprobado que se mantenga la situación actual.